Obligación de las jefaturas
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Obligación de las jefaturas |
Estar vigilantes para identificar conflictos de interés en el personal Asunto: Alcance Criterio de referencia: Criterio de referencia: 01-CO-OC-2020 Resumen: de conformidad con el artículo 5, 11 incisos d), e) y f) , y artículo 12 de la “Regulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder Judicial”, corresponde a la jefatura la debida gestión, adecuada, oportuna y efectiva, de los conflictos de interés de sus colaboradores o subordinados, “para la buena gestión pública, la probidad e integridad en el ejercicio de la función pública, y la grave amenaza que estos representan para el interés general, la confianza, la imagen y credibilidad institucionales.” Copiar un extracto del criterio (resumen) Criterios similares: 08-CO-OC-2022 Resumen: !""Conforme el numeral 11 de la Regulación, las jefaturas tienen un papel fundamental en la debida gestión de los conflictos de intereses, debiendo gestionar este tipo de riesgos, y entre sus obligaciones, destacan (incisos a, d, e): • Determinar las principales causas que podrían generar el riesgo de conflictos de interés que afectan a sus personas subalternas, en razón del rango, funciones, circunstancias personales, entre otros aspectos. • Estar vigilantes para identificar las situaciones de conflicto de interés que puedan afectar a sus colaboradoras y colaboradores en el desempeño de sus funciones. • Tomar las medidas necesarias para prevenir los conflictos de interés del personal a su cargo, y darle una solución adecuada a las situaciones que han sido inevitables en razón de los vínculos existentes, sean familiares o de otro tipo, con el fin de impedir la afectación a la gestión judicial, y a la imagen y credibilidad del Poder Judicial."" |