Obligaciones de las personas funcionarias judiciales
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Obligaciones de las personas funcionarias judiciales |
Declaración de parentesco Asunto: Alcance Criterio de referencia: 32-CO-OC-2020 Resumen: "es importante considerar que conforme el numeral 16 del reglamento, las personas funcionarias tenemos la obligación de actualizar la información relacionada con el parentesco. La declaración sobre el parentesco, al momento del nombramiento de una persona (clasificado como conflicto de interés originario), o en el transcurso de la relación laboral (catalogado como conflicto de interés sobreviniente), tiene el propósito de suministrar información para la gestión del riesgo en forma oportuna, desde un enfoque preventivo, tanto para la organización, el funcionario, como para las jefaturas, quienes tienen asignadas responsabilidades de administrar el riesgo de conflictos de intereses de su personal a cargo, de acuerdo al numeral 11 de la regulación. En ese sentido, la declaración de parentesco es una herramienta de prevención que responde a las mejores prácticas para la gestión del personal de la organización en esta materia." |